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Ciudad
En el transcurso del periodo legislativo del 2012 el HCD sancionó tres
ordenanzas que acarrearán beneficios para el medioambiente, como la
adhesión a la ley provincial de tratamiento de residuos biopatogénicos y
la aprobación de un programa de educación ambiental municipal en las
escuelas.
Para este año queda pendiente la regulación de los
medidores de agua domiciliarios y una normativa que saque de circulación
las bolsas de nylon en el comercio local.
Cuando se abran las sesiones ordinarias 2013 la primera semana de marzo,
el HCD tendrá un año con una cargada agenda de temas ambientales a
legislar que desde el año pasado están reclamando las instituciones
locales que trabajan en medioambiente.
Desde resolver la cuestión de instalaciones de medidores de agua en los
domicilios, para optimizar el recurso, en una ciudad donde el derroche
de agua es una cuestión cultural. También se deberá reflotar el
proyecto de la prohibición de las bolsas de nylon como envoltorio
utilizado por comerciantes y consumidores, proyecto de ordenanza que fue
presentado en el Concejo anterior y nunca fue tratado.
Otro tema muy delicado para las organizaciones ambientales, es la
sanción de una ordenanza que declare a nuestra ciudad libre de Fracking y
a su vez inste a los demás Concejos Deliberantes del departamento a
tomar la misma iniciativa.
Se pide a su vez una normativa que regule las instalaciones de
emprendimientos turísticos e inmobiliarios sobre la veda del río
Gualeguaychú para evitar alteraciones en el ecosistema de la cuenca.
La Asamblea Ambiental en tanto sigue esperando el respaldo del HCD para
que se logre bajar a miembros de la Comisión Administradora del Río
Uruguay, con el fin de que se informe en el recinto sobre los resultados
del plan de monitoreo ambiental de Botnia UPM.
Lo que se sancionó en 2012: Residuos biopatogénicos
Mediante la ordenanza N° 9936 se estableció en el año 1993 la
obligación a los generadores de utilizar el servicio de recolección
brindado por el municipio para éste tipo de residuos.
En el ámbito nacional y provincial respectivamente, se sancionaron las
Leyes N° 24.051 y N° 8.880, ambas respecto a Residuos Peligrosos en
general. En el año 2000 se dictó el Decreto reglamentario de la segunda
norma citada, bajo el número 6.009/00 que trata específicamente el
manejo, transporte, tratamiento y disposición final de residuos
biopatogénicos en jurisdicción provincial.
Mediante la sanción de la ordenanza Nº 11728, el HCD se adhirió a la Ley
Provincial Nº 8.880/94 de Residuos Peligrosos que establece normas
generales sobre la generación, manipulación, transporte, tratamiento y
disposición final de residuos peligrosos, que puedan causar daños
directa o indirectamente a seres vivos, contaminar el suelo, el agua, la
atmósfera o el ambiente en general; y al Decreto Reglamentario Nº
6009/00 referente a los residuos biopatogénicos.
En tanto se creó en el ámbito de la Dirección de Ambiente y Desarrollo
Sustentable el “Registro Único de Generadores de Residuos
Biopatogénicos”, el “Registro Único de Transportistas de Residuos
Biopatogénicos”, y el “Registro Único de Operadores de Residuos
Biopatogénicos”.
Desde el 1° de enero de este año los generadores, transportistas y
operadores de residuos biopatogénicos que presenten servicios dentro del
éjido municipal, no podrán operar sin antes registrarse en la
Secretaría de Ambiente de Entre Ríos, conforme lo establece el Decreto
Provincial N° 6009/00, debiendo presentar a la Municipalidad la
constancia o certificado emitido por la Autoridad Provincial a fin de
inscribirse en los Registros indicados.
Ruidos molestos
Con la sanción de la ordenanza A Nº11761 se prohíbe, la circulación y el
estacionamiento en arterias o en espacios públicos en el éjido de la
ciudad, de vehículos particulares o motocicletas que, mediante la
utilización de equipos de sonidos, ya sea del propio vehículo o a través
de elementos incorporados al mismo, produzcan, causen o estimulen
ruidos molestos, innecesarios o excesivos, configurando de tal manera
una agresión sonora que conspira contra el derecho a vivir en un
medioambiente libre de contaminación acústica y el consecuente
mejoramiento de la calidad de vida ciudadana.
En la normativa se determina el límite de hasta 45 decibeles el nivel
máximo de reproducción de música que puede emitirse desde el interior
del vehículo hacia el exterior, mientras se circula por el radio urbano
de la localidad.
Las transgresiones consumadas a la presente normativa, serán sancionadas
conforme lo dispuesto en el Código de Faltas Municipal, en el Articulo
N°95, Capítulo “Faltas contra la Seguridad y el Bienestar”,
“Reproductores de Sonido”, y las disposiciones reglamentarias.
Programa de Educación Ambiental
Gualeguaychú ha sido distinguido como un emblema en la lucha contra la
instalación de las pasteras en el Río Uruguay, y se realizaron
múltiples actividades de concientización colectiva.
En el año 2008 se comenzaron a brindar los denominados circuitos
educativos correspondientes a la visita del Acuario Municipal y del
Taller de Papel Reciclado, como así a la “Laguna del Parque” ubicada en
el Parque Unzué de nuestra ciudad bajo la modalidad de taller.
En 2009 se anexaron los talleres de Educación Ambiental a los
circuitos educativos, donde se realiza visita a los colegios primarios,
secundarios y se desarrollan actividades de concientización ambiental.
A través de la sanción de la ordenanza Nº 11732/2012 el HCD le dio un
fuerte respaldo institucional al Programa de Educación Ambiental
desarrollado por la Dirección de Medioambiente Municipal, que tiene como
objetivos fundamentales generar conciencia y responsabilidad de los
sujetos ante el medio ambiente y los recursos naturales.
Los contenidos del Programa serán revisados mediante la evaluación
continua de las actividades realizadas al finalizar cada ciclo escolar
con el fin de optimizar las temáticas brindadas a la comunidad educativa
y a la sociedad en general; así como adecuar los contenidos lineados
por el Consejo General de Educación de Entre Ríos y del Programa de
Educación Ambiental dependiente del mismo.
El Programa de Educación Ambiental, tendrá a cargo la organización de
charlas, encuentros y jornadas que propicien información ambiental a
toda la comunidad.
Quedará a cargo del Programa de Educación Ambiental la organización de
un congreso cada dos años con sede en Gualeguaychú, dirigido a docentes,
no docentes e interesados en la temática.
La ordenanza reconoce a los integrantes del Programa de Educación
Ambiental como “Educadores Ambientales”, con el fin de que puedan
brindar asesoramiento acerca del abordaje de problemas ambientales y sus
posibles soluciones.
También se declaró el taller Artesanal de Reciclado de Papel, el
Acuario Dulceacuícola Municipal y la Biblioteca Multimedial Ambiental,
como espacios educativos no formales, en la órbita de la Dirección de
Ambiente y Desarrollo Sustentable.
Por Diego Elgart
EL ARGENTINO