domingo, 20 de enero de 2013

Durante el 2012 el HCD sancionó tres ordenanzas que benefician al medioambiente de la ciudad

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Ciudad

En el transcurso del periodo legislativo del 2012 el HCD sancionó tres ordenanzas que acarrearán beneficios para el medioambiente, como la adhesión a la ley provincial de tratamiento de residuos biopatogénicos y la aprobación de un programa de educación ambiental municipal en las escuelas.
Para este año queda pendiente la regulación de los medidores de agua domiciliarios y una normativa que saque de circulación las bolsas de nylon en el comercio local.
Cuando se abran las sesiones ordinarias 2013 la primera semana de marzo, el HCD tendrá un año con una cargada agenda de temas ambientales a legislar que desde el año pasado están reclamando las instituciones locales que trabajan en medioambiente.
Desde resolver la cuestión de instalaciones de medidores de agua en los domicilios, para optimizar el recurso, en una ciudad donde el derroche de agua es una cuestión cultural. También se deberá reflotar el proyecto de la prohibición de las bolsas de nylon como envoltorio utilizado por comerciantes y consumidores, proyecto de ordenanza que fue presentado en el Concejo anterior y nunca fue tratado.
Otro tema muy delicado para las organizaciones ambientales, es la sanción de una ordenanza que declare a nuestra ciudad libre de Fracking y a su vez inste a los demás Concejos Deliberantes del departamento a tomar la misma iniciativa.
Se pide a su vez una normativa que regule las instalaciones de emprendimientos turísticos e inmobiliarios sobre la veda del río Gualeguaychú para evitar alteraciones en el ecosistema de la cuenca.
La Asamblea Ambiental en tanto sigue esperando el respaldo del HCD para que se logre bajar a miembros de la Comisión Administradora del Río Uruguay, con el fin de que se informe en el recinto sobre los resultados del plan de monitoreo ambiental de Botnia UPM.

Lo que se sancionó en 2012: Residuos biopatogénicos

Mediante la ordenanza N° 9936 se estableció en el año 1993 la obligación a los generadores de utilizar el servicio de recolección brindado por el municipio para éste tipo de residuos.
En el ámbito nacional y provincial respectivamente, se sancionaron las Leyes N° 24.051 y N° 8.880, ambas respecto a Residuos Peligrosos en general. En el año 2000 se dictó el Decreto reglamentario de la segunda norma citada, bajo el número 6.009/00 que trata específicamente el manejo, transporte, tratamiento y disposición final de residuos biopatogénicos en jurisdicción provincial.
Mediante la sanción de la ordenanza Nº 11728, el HCD se adhirió a la Ley Provincial Nº 8.880/94 de Residuos Peligrosos que establece normas generales sobre la generación, manipulación, transporte, tratamiento y disposición final de residuos peligrosos, que puedan causar daños directa o indirectamente a seres vivos, contaminar el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general; y al Decreto Reglamentario Nº 6009/00 referente a los residuos biopatogénicos.
En tanto se creó en el ámbito de la Dirección de Ambiente y Desarrollo Sustentable el “Registro Único de Generadores de Residuos Biopatogénicos”, el “Registro Único de Transportistas de Residuos Biopatogénicos”, y el “Registro Único de Operadores de Residuos Biopatogénicos”.
Desde el 1° de enero de este año los generadores, transportistas y operadores de residuos biopatogénicos que presenten servicios dentro del éjido municipal, no podrán operar sin antes registrarse en la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos, conforme lo establece el Decreto Provincial N° 6009/00, debiendo presentar a la Municipalidad la constancia o certificado emitido por la Autoridad Provincial a fin de inscribirse en los Registros indicados.

Ruidos molestos

Con la sanción de la ordenanza A Nº11761 se prohíbe, la circulación y el estacionamiento en arterias o en espacios públicos en el éjido de la ciudad, de vehículos particulares o motocicletas que, mediante la utilización de equipos de sonidos, ya sea del propio vehículo o a través de elementos incorporados al mismo, produzcan, causen o estimulen ruidos molestos, innecesarios o excesivos, configurando de tal manera una agresión sonora que conspira contra el derecho a vivir en un medioambiente libre de contaminación acústica y el consecuente mejoramiento de la calidad de vida ciudadana.
En la normativa se determina el límite de hasta 45 decibeles el nivel máximo de reproducción de música que puede emitirse desde el interior del vehículo hacia el exterior, mientras se circula por el radio urbano de la localidad.
Las transgresiones consumadas a la presente normativa, serán sancionadas conforme lo dispuesto en el Código de Faltas Municipal, en el Articulo N°95, Capítulo “Faltas contra la Seguridad y el Bienestar”, “Reproductores de Sonido”, y las disposiciones reglamentarias.

Programa de Educación Ambiental

Gualeguaychú ha sido distinguido como un emblema en la lucha contra la instalación de las pasteras en el Río Uruguay, y se realizaron múltiples actividades de concientización colectiva.
En el año 2008 se comenzaron a brindar los denominados circuitos educativos correspondientes a la visita del Acuario Municipal y del Taller de Papel Reciclado, como así a la “Laguna del Parque” ubicada en el Parque Unzué de nuestra ciudad bajo la modalidad de taller.
En 2009 se anexaron los talleres de Educación Ambiental a los circuitos educativos, donde se realiza visita a los colegios primarios, secundarios y se desarrollan actividades de concientización ambiental.
A través de la sanción de la ordenanza Nº 11732/2012 el HCD le dio un fuerte respaldo institucional al Programa de Educación Ambiental desarrollado por la Dirección de Medioambiente Municipal, que tiene como objetivos fundamentales generar conciencia y responsabilidad de los sujetos ante el medio ambiente y los recursos naturales.
Los contenidos del Programa serán revisados mediante la evaluación continua de las actividades realizadas al finalizar cada ciclo escolar con el fin de optimizar las temáticas brindadas a la comunidad educativa y a la sociedad en general; así como adecuar los contenidos lineados por el Consejo General de Educación de Entre Ríos y del Programa de Educación Ambiental dependiente del mismo.
El Programa de Educación Ambiental, tendrá a cargo la organización de charlas, encuentros y jornadas que propicien información ambiental a toda la comunidad.
Quedará a cargo del Programa de Educación Ambiental la organización de un congreso cada dos años con sede en Gualeguaychú, dirigido a docentes, no docentes e interesados en la temática.
La ordenanza reconoce a los integrantes del Programa de Educación Ambiental como “Educadores Ambientales”, con el fin de que puedan brindar asesoramiento acerca del abordaje de problemas ambientales y sus posibles soluciones.
También se declaró el taller Artesanal de Reciclado de Papel, el Acuario Dulceacuícola Municipal y la Biblioteca Multimedial Ambiental, como espacios educativos no formales, en la órbita de la Dirección de Ambiente y Desarrollo Sustentable.



Por Diego Elgart
EL ARGENTINO

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