PROYECTO
El
Ejecutivo Municipal elevó al Concejo Deliberante un proyecto de
ordenanza que regula la instalación de soportes de antenas de
radiocomunicaciones.
El Departamento Ejecutivo Municipal elevó un proyecto de ordenanza al Concejo Deliberante, teniendo en cuenta la Ordenanza
11236/09 regulatoria de la instalación de las estructuras soporte de
antenas de radiocomunicaciones y sus infraestructuras asociadas, que
operan en las frecuencias superiores a 200 MHZ en el ejido de la ciudad.
Dicha actividad, prevé
una importante actividad administrativa y de control por parte del
Estado Municipal frente a las solicitudes de permiso de los
emplazamientos de antenas y/o estructuras soporte de antenas y equipos
complementarios de los servicios de telecomunicaciones móviles, por lo
cual resulta imprescindible realizar modificaciones al Código Tributario
Municipal y a la Ordenanza General
Impositiva con la finalidad de establecer los recursos necesarios a los
fines de financiar los servicios individualizados, particularizados y
prestados a los contribuyentes que implican tales emplazamientos.
Al respecto, el
secretario Jefe de Gabinete y Gobierno Germán Grané sostuvo: “Este
proyecto está sustentado en una contundente política redistributiva del
gobierno municipal, presidido por el Intendente Juan José Bahillo, que
promueve el desarrollo activo de los servicios de control, estableciendo
exigencias a las empresas para el
cumplimiento de
requisitos, prevaleciendo el interés y el beneficio de toda la
comunidad”. En este sentido, el funcionario aclaró que en la elaboración
del proyecto “se trabajó en conjunto con la secretaría de Economía y
Hacienda y la dirección de Rentas”.
“La política
redistributiva que aplicamos como responsables de la administración
municipal, constituye uno de los pilares fundamentales de esta gestión,
en consonancia con la política del gobierno provincial y nacional, cuyo
fin es construir una sociedad más igualitaria e inclusiva”, finalizó.
La ordenanza contempla
el establecimiento de dos institutos distintos que respondan a las
diferentes instancias del procedimiento previsto; por un lado y en
virtud de la presentación del trámite para el otorgamiento del permiso y
habilitación, un derecho que deberá abonarse, por única vez y por
estructura, al momento de presentar toda
la documentación y
legajo técnico tendiente a obtener el permiso por parte del municipio;
por otro lado, el establecimiento de una tasa por los servicios de
control y verificación de estructuras que realizará el municipio sobre
los emplazamientos permitidos.
El proyecto deja
manifiesto también, que aquellos que ya cuentan con una antena instalada
en la ciudad cuentan con 60 días a partir de la aprobación de la
ordenanza para normalizar su situación.
Código Tributario Municipal
La normativa establece
el derecho de registro por el emplazamiento de estructuras soporte de
antenas y equipos complementarios de los servicios de telecomunicaciones
móviles; que establece, entre otras cosas, que se deberá abonar por
única vez por los servicios dirigidos a verificar el cumplimiento de los
requisitos y la documentación
necesaria para el
registro y el emplazamiento de las antenas. También que el contribuyente
será el titular de la estructura y/o elementos de soporte de antenas.
El importe a abonar
estará dado por la suma que determine la ordenanza general impositiva
según tipos de estructura y/o elementos de soporte de antenas, y deberá
abonarse el 10 de febrero de cada año.
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