lunes, 27 de agosto de 2012

Buscan regular la gestión de los residuos biopatogénicos generados en la ciudad


PROYECTO
Buscan regular la gestión de los residuos biopatogénicos generados en la ciudad
El intendente Bahillo elaboró un proyecto de ordenanza y lo presentó al Concejo.
Desde inicios de este año, distintas áreas municipales, acompañadas por el Intendente Juan José Bahillo, han mantenido reuniones para la redacción de un proyecto de Ordenanza que regule la gestión de los residuos biopatogénicos generados en la ciudad, enmarcando el mismo en las legislaciones nacionales y provinciales vigentes. Este proyecto se elevó al Honorable Concejo Deliberante días atrás.

Según la legislación Nacional y Provincial se consideran residuos biopatogénicos a los provenientes de establecimientos de atención de la salud humana y animal, es decir, aquellas sustancias o materiales que contengan restos de sangre o sus componentes, fluidos corporales, partes humanas o animales o compuestos con actividad biológica (tales como vacunas, virus, caldos de cultivo); como así también los desechos resultantes de la producción y preparación de productos farmacéuticos, desechos de medicamentos y productos farmacéuticos para la atención de la salud humana y animal. 

Actualmente y según lo establece la Ordenanza N° 9936/93 los generadores utilizan el servicio de recolección brindado por el municipio para éste tipo de residuos; lo cual se estableció en aquellos años para dar una solución a la problemática por carecer de operadores,  de plantas de tratamiento y de un marco legislativo para el manejo de este tipo de residuos peligrosos a nivel provincial. Por lo cual el servicio de recolección dentro del ejido fue brindado por la Municipalidad, asumiendo las etapas de recolección, tratamiento y disposición.

Con el pasar de los años y con las sanciones en el ámbito nacional de la Ley N° 24.051 y su decreto reglamentario N° 831/93 y la Ley provincial N° 8.880, que establecen lineamientos referentes a los residuos peligrosos en general, y posteriormente la sanción del decreto reglamentario 6.009/00 de la Ley provincial anteriormente citada que hace referencia  a la gestión integral de residuos biopatogénicos en jurisdicción provincial, recién se establece un marco que comenzaría a legislar el manejo de los mismos. 

Por lo citado anteriormente funcionarios de la secretaria de Obras y Servicios Públicos, sub-secretaría de Control Urbano y de Desarrollo Social y Salud,  dirección  de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Inspección General, Asuntos Legales, Higiene Urbana, Habilitaciones y Salud, desde inicios del 2012 han mantenido reuniones a partir de un pedido del Intendente Bahillo en las cuales se ha originado el proyecto de Ordenanza elevado al HCD por el Departamento Ejecutivo Municipal.

El proyecto considera  necesaria la derogación de la ordenanza vigente, a fin de establecer criterios  de responsabilidad para diferentes generadores de éstos residuos dentro del ejido municipal; persiguiendo el espíritu de las normativas nacionales y provinciales las que claramente establecen la “responsabilidad del generador” en las etapas de segregación y generación, transporte, tratamiento y eliminación de los residuos biopatogénicos. Con la sanción de esta ordenanza se estandarizarían criterios con la secretaría de Ambiente Sustentable de la provincia de Entre Ríos para la correcta gestión de los residuos antes mencionados.
El proyecto generado además busca progresar en la gestión de éstos residuos, con el fin de mantener el orden y la preservación de la calidad de vida de los vecinos, como así también del ambiente donde se desarrollan, adecuándola al estado tecnológico actual y las posibilidades que brindan los centros receptores específicos para su tratamiento y disposición. Siendo necesario contemplar las características de peligrosidad y adecuar las medidas de seguridad en su transporte y disposición, conforme al estado actual de los avances tecnológicos y legislativos en la materia. Las distintas etapas  de su manejo requieren de una especialización hacia la cual es necesario proyectarse con el fin de brindar un tratamiento integral acorde a sus características de peligrosidad y necesidades presentes en concordancia con la actual demanda.

De este modo, cada generador deberá gestionar sus residuos biopatogénicos directamente con un transportista y operador autorizado por la secretaria de Ambiente de la Provincia y por el Municipio; lo cual será posible por la existencia de operadores calificados en nuestra provincia que han desarrollado su actividad de manera particular sobre estos residuos. Siendo las distintas áreas municipales y la secretaria de Ambiente provincial las encargadas de fiscalizar el cumplimiento de la futura ordenanza.

El proyecto impulsado por Bahillo también ha contemplado que a partir de la entrada en vigencia de la ordenanza, el predio de Disposición Final solo será receptor de residuos sólidos urbanos (RSU), los asimilables a éstos y los especiales para su disposición, tal como lo establecen la legislación de RSU tanto provinciales como nacionales y cumplimentado además con los requisitos establecidos por el Programa GIRSU (Gestión integral de RSU) en el cual el municipio se encuentra desarrollando en conjunto con la secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la  Nación y las consultoras Ceamce-Inconciv un Ecoparque para nuestra ciudad. 

Además se contempla dentro de sus artículos la adhesión a la Ley Provincial Nº 8.880/94 y al decreto reglamentario Nº 6009/00 referente a los residuos biopatogénicos; la creación del “Registro Único de Generadores de Residuos Biopatogénicos”, el “Registro Único de Transportistas de Residuos Biopatogénicos”, y el “Registro Único de Operadores de Residuos Biopatogénicos” para el ejido municipal. Se establecen como áreas de aplicación de la misma a la dirección de Ambiente y Desarrollo Sustentable, la dirección de Inspección General y a la dirección de Higiene Urbana, tanto para el control como para la realización de infracciones.

http://www.maximaonline.com.ar/2010/Nota-28445

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